Esta categoría de visa es adecuada para cualquier extranjero que desee participar en voluntariado social o cooperación para el desarrollo.
Esta visa te permite vivir y realizar trabajo social en Colombia hasta 2 años.
Sin embargo, ten en cuenta que si sales del país por más de 90 días, tu visa se cancelará automáticamente.
Bajo esta categoría de visa, el Gobierno Colombiano puede otorgar visas de beneficiario para el cónyuge e hijos del solicitante principal siempre que esté completamente justificado.
Solo podrás trabajar para la institución u organización que esté patrocinando tu visa. No para otras empresas.
Dado que es una visa de tipo visitante (V), esto no te permitirá agregar tiempo para solicitar una visa de residente (R).
La Autoridad de Inmigración establece que esta categoría de visa solo puede renovarse de manera excepcional.
Una vez que finalice la visa, debes regresar a tu país de origen o residencia.
Esta visa debe ser solicitada por una empresa que patrocine la solicitud.
Carta suscrita por el representante legal de la entidad u organización indicando la actividad, el programa de actividades, lugares donde el voluntario desarrollará los proyectos y su duración, asumiendo la responsabilidad económica de sufragar todos los gastos del extranjero durante su permanencia en Colombia. así como los gastos de regreso al país de origen o al último lugar de residencia del extranjero al término de las actividades
El extranjero deberá tener una póliza de salud que tenga cobertura en Colombia para riesgos que incluyan: accidentes, enfermedades, maternidad, discapacidad, hospitalización, muerte y repatriación, con al menos un (1) año de validez.
Recomendamos a nuestros socios, Genki para cumplir con este requisito, ya que ofrece:
Documento válido que acredite la personería jurídica de la entidad u organización con no menos de cinco (5) años de constituida, expedido por la autoridad colombiana competente, o documento de constitución en país diferente a Colombia expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la presentación de la solicitud de la visa.
La entidad u organización solicitante deberá acreditar solvencia económica mediante extractos bancarios con un promedio de cien (100) salarios mínimos legales vigentes correspondientes a los seis (6) meses previos a la solicitud. Cuando se trate de entidad pública no será necesario cumplir con este requisito.